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Comprar un piso en Sitges: paso y documentación necesaria


La compra de una vivienda, de una casa o piso en Sitges, es una decisión de gran acierto, pero en la que hay que saber exactamente que pasos hay que tomar y tener un buen asesoramiento legal y comercial durante todo el proceso.

Por ello, desde Finques Parellades queremos ayudarte a entender todos los conceptos implicados en el proceso de compra-venta de una vivienda en Sitges con este artículo. es una de la inversiones más importantes que realizamos la mayoría de los ciudadanos.

El proceso de una compraventa de cualquier vivienda en Sitges lo podemos simplificar en estos tres pasos:

 

comprar piso en sitges

 

Trámites previos a la compraventa de una vivienda en Sitges

Contrato privado: en algunas compraventas en Sitges se suele firmar, entre comprador y vendedor y con con carácter previo a la escritura, un contrato privado. Cabe destacar la no obligatoriedad del contrato privado previo.

En el caso de que sí se firmara este contrato privado, quedarás obligado por ley a cumplir su contenido. Para este trámite conviene siempre tener asesoramiento jurídico para segurarnos de que las claúsulas del contrato están dentro del ordenamiento jurídico.

Como pinceladas iniciales, cabe destacar lo elementos más importantes a tener en cuenta antes de la firma del contrato privado: 

Quién firma por la parte vendedora. Si es un promotor, deberá firmar el administrador de la sociedad o apoderado. Si es un particular, deberá firmar el propietario/s.

Comprobar el estado de cargas de la vivienda. siempre se ha de solicitar al registro de la propiedaduna nota simple, para comprobar si la propiedad está libre de cargas o saber exactamente qué cargas hay sobre la propiedad (hipoteca, embargo,...) 

Si tiene comunidad de propietarios, concer sus  cuotas. y comprobar si el propieatrio actual está al correiente de los pagos. Además es recomendable hablar con el adminsitrador de la comunidad para conocer si está prevista una derrama a corto plazo. 

Suministros. Siempre hay que asegurarse que el propietario vendedor está al día de todos los pagos en los suministros (luz, agua, gas...) 

Precio y arras. En el contrato deberá figurar tanto el precio del inmueble como las cantidades entregadas a cuenta y la forma de pago pactada.

Gastos de la operación de compraventa:

  1. Plusvalía municipal: impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos
  2.   Escritura ante notario
  3.   Inscripción en el registro de la propiedad
  4.   Impuestos

Si no se pacta nada previamente o se indica que los gastos serán "según ley", el vendedor pagará la plusvalía y el original de la escritura, mientras que el comprador pagarla las copias de la escritura, los impuestos y los gastos de inscripción registral. 

Este paco puede variar, pero cuand oel vendedor es un promotor, está prohibido por ley que la parte compradora soporte gastos que por ley le corresponden a la parte vendedora. 

 

Firma


Escritura pública de compraventa. Si bien no es obligatoria, es muy aconsejable, ya que tiene unos efectos que no tiene un documento privado de compraventa. 

Cuotas de la comunidad. El vendedor está en la oblicación de aportar el documento acrecitativo del pago de las cuotas de comunidad, que se adjuntará a la escritura. 

Ibi. El notario solicita en el catastro un certificado que acredita la referencia catastral y la parte vendedora debe presentar el último recibo del ibi pagado. 

Cédula de habitabilidad o licencia de primera ocupación. Este documento confirma que el inmueble es apto para vivienda. Este requisito es aconsejable sobre todo en inmuebles de nueva construcción.

Suministros. Estudia la manera más práctica en cada caso, ya que en ocasiones podemos cambiar la titularidad sin necesidad de gestionar una baja y un alta de los suminsitros, sino tant sólo presentando una copia simple de la escritura de compraventa. 

Vigencia del seguro decenal de daños a la edificación en obra nueva. El promotor de la obra tiene responsabilidad por los defectos de la vivienda limitada a 10 años y debe estar garantizada con un seguro decenal.

Garantías. El propietario debe hacer entrega de las garantías y certificados de los aparatos electrodomésticos.

 

Después de comprar

Abonar los impuestos. Para abonar los impuestos correspondientes a a la comunidad autónoma tienes un plazo máximo de 30 días hábiles desde la fecha de la escritura.

Inscribir la compra en el registro de la propiedad

Abonar el impuesto de plusvalías municipal. En este caso el plazo máximo es de 3 días hábiles desde la fecha de la escritura.

 

Aquí hemos detallado los conceptos generales de una compraventa, pero luego cada compraventa particular tiene su casuística específica. Por tanto, conviene siempre tener un buen asesoramiento duratne todo el proceso para saber claramente qué firmamos, qué implica cada claúsula y cuáles serán los costes finales.